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‘Los (abortos) no punibles no se hacen’

‘Los (abortos) no punibles no se hacen’

Sandra Chaher (ARTEMISA)

Aborto decido yoEn los últimos meses se movieron algunas fichas interesantes en la pulseada por el estatus jurídico del aborto. Los tres poderes del Estado parecen haber entrado en una etapa nueva en la que los abortos no punibles comienzan a concretarse y en el Parlamento nacional se podría iniciar una discusión por la reforma de fondo. La abogada feminista Paola Bergallo, sin embargo, se muestra cauta. ‘Yo quiero ser optimista, pero lo cierto es que la situación de Argentina hoy es de restricción total como en Nicaragua’.

Desde comienzos de marzo, distintos hechos políticos vinculados al estatus jurídico del aborto parecen mostrar que estamos frente a una nueva etapa en la que es posible pensar en una mayor accesibilidad al servicio en las condiciones actualmente permitidas por la legislación y quizá en un proceso de reforma legislativa a mediano plazo que permita que más mujeres interrumpan su embarazo en condiciones seguras y esto impacte en el descenso del índice de mortalidad materna.
El aborto está actualmente despenalizado en Argentina, según el artículo 86 del Código Penal, cuando esté en peligro la vida o la salud de la mujer; y si el embarazo ‘proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente’ (uno de los temas de discusión actuales es cómo se interpreta esta última causal).
Sin embargo, estos abortos, llamados no punibles, no se llevan a cabo. Cuando una mujer va a un hospital a que se le interrumpa un embarazo -amparado en esta norma-, la institución médica suele negarlo con distintos pretextos. Y hasta hace muy poco, estas mujeres no reclamaban su derecho ante la justicia.
De unos años a esta parte, se comenzó a armar una red que atraviesa el país desde diversos orígenes y en múltiples sentidos, en gran parte sostenida en las organizaciones del movimiento de mujeres, y que confluyen en la incidencia sobre el sistema judicial, legislativo y ejecutivo para que comiencen a realizarse en los hospitales los abortos no punibles, es decir para que las mujeres argentinas accedamos a un derecho que la ley nos garantiza desde 1922.
Dos fallos judiciales de las últimas semanas –el Superior Tribunal de Justicia de Chubut y un juzgado de primera instancia de Bariloche- no sólo garantizaron la realización de abortos no punibles sino que hicieron una interpretación del artículo 86 del Código Penal que permite que cualquier mujer víctima de violación acceda a este servicio del Estado. A la vez, el Ministerio de Salud de la Nación, que desde la gestión de Graciela Ocaña –en diciembre del 2007- había planteado una política de clausura frente a cualquier debate vinculado al aborto, anunció a comienzos de año que imprimirá la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, realizada durante la gestión de Ginés González García y cajoneada cuando el ministro debió dejar el cargo. También desde el ámbito gubernamental, el Consejo Nacional de la Mujer y el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación) se expidieron a favor de la interrupción del embarazo en uno de los casos de Chubut (el INADI ya había hecho una recomendación sobre abortos no punibles en el año 2007). En el ámbito legislativo, a comienzos de marzo fueron presentados en el Congreso nacional dos proyectos de ley que proponen la legalización del aborto en las primeras etapas. Y a fines de marzo, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas expresó al gobierno argentino su preocupación por la restrictiva legislación sobre aborto y por la ‘inconsistente’ interpretación judicial de las causas de no punibilidad.
Paola Bergallo es una abogada feminista joven que viene colaborando en este proceso de apertura del estatus jurídico del aborto. Si bien se muestra optimista frente al momento actual, llama a la moderación recordando que lo que está sucediendo hoy en los tribunales es apenas el reconocimiento de un derecho que las argentinas tenemos desde hace décadas y que, en la práctica, la situación del país era, hasta ahora, tan restrictiva como la de Nicaragua o Chile.
– En una nota reciente de opinión que publicó el diario Clarín hablás de dos tipos de agenda en el debate actual del aborto: una de reforma y otra de accesibilidad. ¿Podrías explicarlas?
Durante mucho tiempo yo tuve dudas sobre si las dos agendas eran compatibles, pero después entendí que era un tema de foros. En un momento la Campaña (Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito) presentó su proyecto de legalización de 12 semanas pero algunos actores involucrados en ese proceso también fogonearon el proyecto de reforma del artículo 86 del Código Penal, y para mí eso era incompatible. Yo no estaba a favor de que se regulara el 86 en el Congreso porque el Código está bien como está y lo que había que generar eran normas administrativas o legislativas locales de implementación. Si vos en el Congreso llevás esta agenda de accesibilidad, clausurás la posibilidad del modelo de reforma. Tenés que ir con las dos estrategias pero en distintos foros. Ahora yo tengo claro que ese proyecto de reforma del artículo 86, que perdió vigencia y ahora fue representado por (Agustín) Rossi, atrasa en el Congreso; en el legislativo nacional hay que modernizarse e ir por la reforma. Y si no podemos dar esta discusión de modernización, y seguimos con el aborto como está hoy, que todos los poderes ejecutivos de salud y las legislaturas provinciales regulen lo que está hoy, pero no el Parlamento nacional. Son dos agendas que funcionan sinérgicamente si las das en distintos foros. Sino, te hacen creer que avanzaste a nivel nacional cuando en verdad estás volviendo a 1922. Estamos en una situación igual a la de Nicaragua sólo que no te la ganaron en una legislatura, pero te la ganan todos los días cuando no se hace un aborto.
– ¿Cómo se puede explicar la situación que se está dando en Argentina?
Lo más increíble del momento actual es que por la falta de conocimiento técnico jurídico este escenario no se dio antes, porque no lo pensamos bien y no miramos a España o Italia hace 30 años. El panorama en los países centrales cambió y la Iglesia perdió hace 30 años. En Estados Unidos y Europa las mujeres acceden al aborto desde comienzos de los ’70 con legislaciones parecidas a la nuestra pero que se cumplen. Pero el activismo feminista jurídico de Argentina nunca detectó esto y a la vez siempre que hubo demanda se iba por la despenalización total. Cuando mirás el derecho tenés que ver cómo está escrita la norma y cómo es la práctica. El derecho en acción en Argentina es en verdad como el de Chile o Nicaragua, porque los no punibles no eran accesibles, la práctica es de restricción total.
– Sin embargo, actualmente en Argentina pareciera darse un proceso de apertura, bien diferente a Nicaragua o México.
Yo creo que esa percepción hay que moderarla. Porque nosotros, habiendo tenido la norma más liberal del continente desde 1922, tenemos una práctica que propone la eliminación. En todos los casos de niñas violadas down, como el de L.M.R. (N. de la R.: L.M.R. son la siglas con que se conoció el caso de una adolescente con discapacidad mental que en el 2006 recurrió a la justicia para reclamar la interrupción del embarazo producto de una violación y logró la autorización en un tiempo que el sistema médico público consideró inviable para la concreción del aborto, que se realizó entonces en el ámbito privado con el apoyo del movimiento de mujeres), el sistema dice que el no punible es inconstitucional y no quieren hacérselo, o sea que te llevan a donde está Chile, la penalización completa, pero sin la reforma legislativa sino con la práctica. Y esto está en la cabeza de muchos médicos y de integrantes del sistema judicial.
– Entonces, ¿no hay que alegrarse por los fallos recientes, el panorama legislativo y los ejecutivos que están proponiendo regulaciones al aborto no punible?
Es una pequeña ventanita, pero pensá que los casos de Chubut fueron de tercera instancia después que dos tribunales habían dicho que no, eran casos que se daban por perdidos.
La interpretación correcta del Código Penal
– Al juez de Rio Negro que falló a comienzos de abril en un caso similar al de Chubut, ¿le resultó más fácil emitir su sentencia porque estaba el pronunciamiento previo de la Corte de Chubut?
Yo creo que sí, es lo que necesitábamos, va a ser más fácil fallar después de esto. Aunque en Río Negro se dio el primer caso, el año pasado, de un fallo que hablaba de violación en la misma línea.
– ¿Que hacía una interpretación amplia del código, considerando que cualquier mujer víctima de violación tenía derecho a un aborto seguro?
Yo digo que es la interpretación correcta. Hay como un mito cuando se piensa al derecho que es que la mitad de la biblioteca está de un lado y la otra mitad del otro. Bueno, esto no está bien. Para algunos el derecho es algo indeterminado y entonces depende de qué lado estás. Para mí y para las personas con las que trabajo, hay buenas y malas razones, razones que pasan el tamiz de los prejuicios, que podemos dárnoslas recíprocamente en un consenso, y que no tienen que ver con valores. Es el principio de una sociedad democrática, aceptar que el derecho no es autónomo de la moral.
La reforma legislativa
– ¿Te parece que los movimientos que se están dando en el Poder Judicial y el Ejecutivo podrían generar un escenario para la reforma legislativa en el 2010?
En marzo, cuando fue lo de Chubut, yo me embalé mal y las chicas del CEDES me pararon. Eran muchos gestos juntos. Pero tampoco podés olvidar que la Iglesia está activando todo y en términos uno a uno tiene mucho más poder. Una se entusiasma porque no hay nada, pero el panorama por defecto es Nicaragua.
– La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe resolver en estos días en un caso de La Pampa que la obligaría a referirse a los abortos no punibles. ¿Creés que puede haber alguna declaración de fondo en el fallo?
En ese caso se judicializa un veto del Ejecutivo. Yo soy profesora de derecho constitucional antes que feminista y creo que el veto es una herramienta política que tiene el sistema constitucional de frenos y contrapesos, justamente para frenar arbitrariedades entre poderes. Entonces creo que hay una discusión que no es feminista y que la Corte Suprema de La Pampa resolvió bien. Se sanciona una ley, el gobernador la veta, vienen los abogados del Partido Socialista y le dicen al juez que revise el veto. Pero el sistema constitucional tiene una forma de revertir políticamente el veto que es juntando las mayorías en el Congreso. Meter a los jueces a controlar el veto es un problema, porque este veto no te gusta, pero cuando haya vetos que te gustan ¿qué vas a hacer? El control de constitucionalidad del veto no es competencia de la Corte Suprema. El mecanismo democrático para este caso es la política, no la justicia.
– En cuanto a la recomendación de la ONU, ¿qué peso puede tener en este mapa de influencias múltiples?

Históricamente no significa nada. Muchas veces la ONU ya hizo esta recomendación, pero en este contexto puede ser leída como no lo fue hasta ahora. Yo creo que de hecho el Consejo Nacional de la Mujer, la Secretaria de Derechos Humanos, y el INADI pueden haber estado preocupados por la responsabilidad internacional por el caso de L.M.R.. Creo que son múltiples causas que refuerzan todo. Y las feministas estuvieron haciendo muchas cosas, y hay una sinergia importante. La contracara de esto es que no hay ni un partido político con posición partidaria sobre el tema. Están los curas llamando por teléfono a todos, amenazando. Yo quiero ser optimista pero traigo la sensatez que me dice la gente que me rodea. Los no punibles todavía no se hacen en ninguna parte.

Argenpress 22/04/10