Ante el mismo modelo
Daniel Jorajuría (ACTA)
Se ha hablado mucho de que éste es un modelo distinto, pero, el Modelo es el mismo. En el 85, la huelga de Ford fue reprimida por 2000 policías. En el 90 cayeron asesinados los trabajadores, Víctor Choque, Teresa Rodríguez, Francisco Escobar, Mauro Ojeda y se procesaron a más de 4000 dirigentes sociales.
En el último año 14 trabajadores y referentes sociales asesinados por luchas reivindicativas, otros 4.000 dirigentes procesados y algunos detenidos.
Por lo tanto, la política de judicialización de la protesta es la misma, quizás más selectiva, veamos:
Hospital Francés: Patota y Judicialización.
Casino de Puerto Madero: Patota y Judicialización.
ADOSAC: Patota y Judicialización.
Ferrocarriles: Patota y Muerte.
Parque Indoamericano: Represión y Muerte.
Pueblo Qom: Represión y Muerte.
Ingenio Ledesma: Represión y Muerte.
En los 90, como en el 2010, un modelo represor y procesador, por el enorme delito de ocupar las calles, de hacer una marcha o movilización contra la precarización, en solidaridad con nuestra clase
Estamos ante un Estado autoritario que quiere imponer cosas sin diálogo: Nuestra autonomía no se perdona, no se cuenta dentro de lo previsto y se combate a través de la Patota, de la Fuerza Pública, de los jueces adictos al Gobierno y como no pueden doblegarnos, no nos dan la Personería Gremial, pero sí intervienen nuestra Central y tienen el mismo hilo conductor de los 90, “la precarización laboral para aumentar la plusvalía del patrón”.
¿Dónde está el cambio del modelo? Es el mismo modelo y la misma política, reprimiendo y penalizando a los trabajadores que no se resignan. Un verdadero cambio sería no penalizar a los trabajadores por reclamar, sino penalizar a los violadores de los derechos que se reclaman.
Cuando al trabajador le imponen trabajo ilegal, se esconde, empresa ilegal y venta ilegal y eso sí es delito y debe penalizarse. Cuando un trabajador muere o se mutila por dolo o culpa de la empresa, eso es delito y debe penalizarse.
Cuando un niño es tarefero o recoge algodón en el campo, cuando un niño hace de banderillero en una fumigación, eso sí es delito y hay que penalizarlo. Cuando nos obligan a trabajar como falso monotributista o falso cooperativista hay que penar a los responsables.
Cuando los fallos judiciales declaran la nulidad de un despido discriminatorio por organizarnos y el patrón se resiste a cumplir con el fallo y no reincorpora, hay que penalizarlo.
La nómina sería interminable, pero ante tantos delitos patronales, ¿por qué se castiga a la víctima? ¿No es tiempo ya de crear un Derecho Penal Laboral que termine con estos delitos y castigue a los verdaderos culpables y no a quienes lo sufren?
Ratificamos nuestra agenda de derechos
I.- La demanda fundamental por la libertad y democracia sindical, como nuestra hoja de ruta. Derechos que deben ser protegidos y respetados y cualquier acción de privados o gobiernos que los ataquen de forma directa o indirecta deben ser considerados graves violaciones a los derechos humanos y sus violadores castigados. En este marco el inmediato reconocimiento a nuestras organizaciones sindicales y la Personería Gremial a la CTA y la reforma de la Ley 23.551.
II.- El derecho a la estabilidad en el empleo, como inescindible de la libertad sindical. Ningún trabajador debe ser privado del derecho constitucional al trabajo y debemos manifestarnos contra el despido sin causa, prohibido por el artìculo 4º del Convenio 158 de la OIT, que debe ser ratificado por nuestro país, si es cierto, que se quiere proteger el empleo.
Con este despido se atenta contra la subsistencia, contra la dignidad, contra la indemnidad y contra la progresividad del derecho; principio constitucional, que es el pacto histórico del Estado de Derecho: La mejora de los derechos de los trabajadores. Además esa prohibición no es absoluta si hay justa causa. Pero sin lugar a dudas, como nos enseña Moisés Meik, el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo es inconstitucional porque no protege a los trabajadores de los principios constitucionales expresados, no protege del despido sino que lo hace válido.
III.- Ante los cambios de la organización empresaria para desresponsabilizarse de sus obligaciones laborales, debemos extender la responsabilidad de la empresa principal y luchar contra toda forma de tercerización. La tercerización no es compatible con la empresa sostenible que reclaman los empresarios.
IV.- Ante la reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo no hablan de la eliminación de las ART como se hizo con las AFJP. Es como poner al zorro a cuidar el gallinero. Si no lo hacen estarían ante otra claudicación histórica con el discurso que declaman.
V.- En los 90 ya comprobamos que no era cierto que había que crecer para distribuir (la riqueza nunca derramó). Y sí aprendimos que había que distribuir para crecer. Por eso debe reglamentarse el derecho sobre participación de las ganancias en las empresas que tenemos los trabajadores constitucionalmente desde hace 44 años y no se cumple. Si no lo hacen, que no digan que están del lado del trabajador.
VI.- Terminar a través de la jerarquización, fortalecimiento y penalización por parte de la Inspección del Trabajo, con el delito de la no registración laboral, el fraude laboral del falso autónomo, del falso monotributista, falso cooperativista, como mecanismo de aprovechamiento de la economía formal, haciendo asumir el riesgo empresario y todos los aportes a la seguridad social al trabajador individual.
VII.- El salario no es ganancia. La eliminación del Impuesto a las Ganancias sobre el salario y la recuperación de lo aportes patronales. Asimismo el aumento de los topes salariales para el cobro de las asignaciones familiares.
VIII.- El 82% móvil. Para saldar la deuda histórica con todos los trabajadores Argentinos.
Ante la instalación de un nuevo Congreso de la Nación ésta es nuestra agenda para lograr una sociedad más estable y segura. Y fundamentalmente, para que la clase trabajadora recupere la movilidad ascendente que se detuvo en los 90.
Daniel Jorajuría es Secretario Gremial de la CTA.
Argenpress 11/11/11