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Como siempre, tras 37 años un tema sin resolver (La Larga Noche de las Corbatas)

Como siempre, tras 37 años un tema sin resolver (La Larga Noche de las Corbatas)

                     

 

Carlos A. Bozzi   Rebelión
Este 6 de julio del 2014, se cumplieron 37 largos años, que recuerdan aquellos siete días, durante los cuales en un operativo múltiple, fueron secuestradas nada menos que once personas en la ciudad de Mar del Plata, siete de las cuales, ejercían la abogacía. Conviene volver a repetir la cronología de estos hechos. El 6 de julio de 1977, son secuestrados los doctores Norberto Oscar Centeno, Salvador Arestín, (y no Salvador Manuel, como se empeñan en nombrarlo) Raúl Hugo Alais y Camilo Ricci. Este último fue liberado 24 horas después, mientras que el cuerpo sin vida de Centeno, apareció en un camino vecinal de la ciudad balnearia, el día 11 de julio de aquel fatídico año.
Es importante detenerse en un detalle, macabro, pero detalle al fin, que puede dar alguna pista más con el fin de esclarecer los móviles de estos hechos: la mayoría de los cuerpos que aparecieron en la ciudad, siempre presentaban signos de ametrallamiento, con numerosas heridas de bala, originadas en simulados enfrentamientos. El cuerpo del Doctor Centeno, en cambio, mostraba visibles signos de haber sido salvajemente asesinado a golpes, lo cual no encaja con la metodología habitual de la época. Asimismo, es el único de los secuestrados que es “detenido” al grito de “Alto, Ejército Argentino”.

El 8 de julio son secuestrados los doctores Carlos Aurelio Bozzi y Tomás José Fresneda del estudio jurídico situado en Independencia y Gazcón. Acto seguido, también lo es la esposa de este último, María de las Mercedes Argañaraz , que cursaba un embarazo de 5 meses y medio.

Hace muchos años, cuando comencé a investigar estos hechos, equivocadamente, determine que cuatro días después, el mismo grupo operativo que había intervenido en el secuestro de las personas nombradas anteriormente, o sea Fuerzas dependientes de la “Agrupación de Artillería Defensa Aérea 601” (AADA 601), más conocida en Mar del Plata como GADA 601, habían sido los autores de las privaciones ilegales de la libertad del abogado José María Verde y a su esposa, Ana María de la Arena, liberándolos al anochecer del día siguiente y de María Esther Vázquez y su esposo Néstor Enrique García, los que aún permanecen desaparecidos. Cabe destacar, que el abogado Verde había asesorado al Gremio de Trabajadores Judiciales local, militando en el Peronismo de Base, como así también el matrimonio Garcia-Vásquez. Existen documentos concretos, de la pertenencia de estas últimas personas a dicha corriente peronista.

La equivocación, se refería no al día del secuestro de estas personas, sino haber atribuido estos últimos hechos a la Fuerza Ejército, cuando en realidad, fueron efectivos de la ” Fuerza de Tareas 6”, asentadas en la Base Naval de Mar del Plata, las responsables de este ultimo operativo. Pude determinar muchos años después, que cuando “efectivos desconocidos”, privan de la libertad al matrimonio VERDE, utilizando una Furgoneta Citroen, en la misma ya se encontraban amarrados y encapuchados Néstor García y María Esther Vázquez.

Todo ello, da un giro impensado e inesperado a estos históricos hechos, que aún no fueron investigados en su total dimensión. Tal es así, que el secuestro y posterior investigación de la desaparición forzada del matrimonio García –Vázquez, no ha sido incluido en ninguno de los juicios por Delitos de Lesa Humanidad, que se sustanciaron y se sustancian en la Ciudad de Mar del Plata. Han desaparecido de la faz de la tierra y del ámbito de la justicia.

Tampoco se ha investigado, si son veraces los informes del ex agente de inteligencia Arancibia Clavel, que da cuenta de la “aparición de los cadáveres de varios abogados izquierdistas” en las costas marplatenses a fines de Agosto de 1977”, afirmando que en el hecho “había operado el Coronel Camps”, constancias que obran en el Juicio por la Verdad de Mar del Plata. Varias personas, me han asegurado, haber escuchado por radio esta noticia en aquella época, sin poder precisar la fecha exacta. Son solo indicios, pero aun sin investigación alguna.

No se debe olvidar que el entre el 19 y 20 de Julio del año 1977, el ex Coronel Camps, “visito” Mar del Plata, con la “excusa” de una defraudación en Rentas de la Provincia de Buenos Aires, reuniéndose con el juez penal de turno, Rodolfo Morales Ridecos, mientras los abogados y las personas nombradas eran mantenidas secuestradas. Así lo grafican las noticias de aquella épocas, con claridad meridiana.

Las sospechas aún persisten. La metodología de la represión, estudiada en extenso, por expertos jueces y fiscales, dan cuenta, que nunca operaban dos fuerzas militares juntas o se interponían en sus operativos. La incógnita sigue presente: ¿Qué hacia la Marina, operando y secuestrando personas, en el medio de un mega operativo montado por la Fuerza Ejército, más aún teniendo en cuenta las profundas diferencias políticas que existían entre ambas?.

Menos aún, se procedió a investigar, rastrear, o efectuar un planimetría de la zona cercana o aledaña a la Estación del Radar del la Base Aérea, bautizada como la “La CUEVA”. A solo quinientos metros de la misma, por la zona de las calles Montecristo y Monte Carballo, poca distancia del perímetro alambrado de la Base Aérea Mar del Plata, se encuentra una pequeña arboleda. Esta contigua al Camping de la “Escuela Calazanz”…Una zona especial, para que en aquella época, sin la población que en la actualidad existe , pudieran efectuarse ajusticiamiento de personas. Nadie investigo. El dato, merece la pena. Y quizás, algunos antiguos pobladores de dicha zona, tengan algo que aportar, si, obviamente, si se les pregunta,.

Lo mas claro, hasta el momento, es la seria reflexión que efectúa el Juez Federal Alejandro Castellanos, al sostener:” Es dable poner de resalto que más allá de la existencia de diversas conjeturas acerca de los motivos o causas determinantes del acaecimiento de tales sucesos, o de la propia comprobación de los hechos individuales padecidos por las víctimas, hasta el momento no ha sido posible acreditar de manera puntual el móvil que guió en este particular caso el accionar represivo del Estado”. Y más adelante sostiene que: “Pero con independencia de la razón motivante del acaecimiento de tales sucesos –en cuya determinación hasta el momento ha fracasado no sólo esta instrucción- sino incluso el propio tribunal interviniente en la causa que procura la determinación de la verdad de lo acontecido en la materia, en tanto que aún no ha dictado sentencia en el marco de los autos caratulados “Colegio de Abogados de MDP y otros s/ Denuncia s/ Desaparición forzosa de personas”-, resulta palmaria la existencia de elementos que vinculan tales hechos entre sí, como lo son la profesión desarrollada, la contemporaneidad de su ocurrencia, el destino de alojamiento y, en cierta forma, su desaparición”.

La historia es así. Para escribirla, quizás haya que colocarse el traje de funcionario o responsable de alguna dependencia, nominada como de “Derechos Humanos “, imputar a supuestos personas, bajo la teoría de la “responsabilidad objetiva”, olvidando que casi ninguno de ellos disparó un tiro y que quizás hoy, los responsables materiales pueden encontrarse prestando servicio activo, en alguna parte de nuestra Fuerzas Armadas.

La Justicia y el Estado Argentino, han sido impotentes (¿o no?) hasta el momento, para descubrir las razones, los motivos y el objetivo de estas operaciones, tras 37 años de haber acontecido. Las pruebas son irrefutables y para más, quizás, por las calles de Mar del Plata, con total inmunidad e impunidad, muchos de sus autores, aun deambulan con tranquilidad.

El Estado Argentino, es el responsable de estos crimines y su defensa, no puede descansar sobre la imposibilidad del demandante de allegar pruebas que, en muchos casos, no pueden obtenerse sin la cooperación de ese mismo Estado. Mas allá de esto, el crimen continuará impune.

Carlos A. Bozzi. Sobreviviente de la Noche de las Corbatas
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.