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Cultura General Internacional

A 99 años del asesinato de la Rosa Roja

A 99 años del asesinato de la Rosa Roja

 

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Rosa LUXEMBURGO
Zamość, Imperio ruso, 5 de marzo de 1871-Berlín, Alemania, 15 de enero de 1919

«En la historia de las clases, la revolución es un acto de creación política, mientras que la legislación es la expresión política de la vida de una sociedad que ya existe. La reforma no posee una fuerza propia, independiente de la revolución. En cada periodo histórico la obra reformista se realiza únicamente en la dirección que le imprime el ímpetu de la última revolución, y prosigue mientras el impulso de la última revolución se haga sentir. Más concretamente, la obra reformista de cada periodo histórico se realiza únicamente en el marco de la forma social creada por la revolución. He aquí el meollo del problema.

Va en contra del proceso histórico presentar la obra reformista como una revolución prolongada a largo plazo y la revolución como una serie condensada de reformas. La transformación social y la reforma legislativa no difieren por su duración sino por su contenido. El secreto del cambio histórico mediante la utilización del poder político reside precisamente en la transformación de la simple modificación cuantitativa en una nueva cualidad o, más concretamente, en el pasaje de un periodo histórico de una forma dada de sociedad a otra. Es por ello que quienes se pronuncian a favor del método de la reforma legislativa en lugar de la conquista del poder político y la revolución social en oposición a éstas, en realidad no optan por una vía más tranquila, calma y lenta hacia el mismo objetivo, sino por un objetivo diferente. En lugar de tomar partido por la instauración de una nueva sociedad, lo hacen por la modificación superficial de la vieja sociedad.(…)

¿Qué es lo que distingue a la sociedad burguesa de las demás sociedades de clase, de la sociedad antigua y del orden social imperante en la Edad Media? Precisamente el hecho de que la dominación de clase no se basa en “derechos adquiridos” sino en relaciones económicas reales: el hecho de que el trabajo asalariado no es una relación jurídica, sino exclusivamente económica. En nuestro sistema jurídico no existe una sola fórmula legal para la actual dominación de clases. Los pocos restos de semejantes fórmulas de dominación de clase (por ejemplo, la de los sirvientes) son vestigios de la sociedad feudal. ¿Cómo se puede suprimir la esclavitud asalariada “legislativamente”, si la esclavitud asalariada no está expresada en las leyes? (…) En síntesis, las relaciones fundamentales de la dominación de la clase capitalista no pueden transformarse mediante la reforma legislativa, sobre la base de la sociedad capitalista, porque estas relaciones no han sido introducidas por las leyes burguesas, ni han recibido forma legal. (…)

Así como todos los caminos conducen a Roma, así también llegamos lógicamente a la conclusión de que la propuesta revisionista de despreciar el objetivo final del movimiento socialista es, en realidad, recomendarnos que renunciemos al movimiento socialista en sí.»

Reforma o revolución (1900)