
Por Silvina Ramírez
Que el árbol no tape el bosque: se frenó la mayor extranjerización de tierras, pero hay vía libre contra los pueblos originarios y desalojos exprés. Un análisis en clave jurídica y de derechos, detalla cómo el Gobierno intenta avanzar sobre las comunidades originarias para favorecer más a las empresas extractivas. La derogación de la Ley 26.160, el RIGI y un modelo que viola derechos humanos.
La Cámara de Senadores dio media sanción a la llamada «Ley de inviolabilidad de la propiedad privada», a pesar de un rechazo generalizado que obligó al oficialismo a resignar el capítulo sobre extranjerización de la tierra y las modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego. Sin embargo, siguió adelante con dos temas centrales: modificaciones al régimen de expropiaciones y de desalojos. En el primer caso, requiere de más condiciones para declarar la utilidad pública de un bien inmueble para luego expropiar; en el segundo, flexibiliza el procedimiento, lo agiliza para facilitar los desalojos.
Es probable que la discusión en Diputados llegue con otras sorpresas y otras negociaciones. De la lectura de lo aprobado, y específicamente alrededor de los desalojos, pueden extraerse consecuencias e impactos para las comunidades indígenas, siempre amenazadas, que hoy carecen de lo que es tan valiosa y ponderada para el sector empresarial, pero totalmente ignorada para el mundo indígena: la seguridad jurídica.
En primer lugar, la acción de desalojo para inmuebles urbanos y rurales se sustanciará por el procedimiento establecido para juicios sumarísimos. En otras palabras, y evitando tecnicismos, los plazos se acortan, no se admiten excepciones previas, los abogados no puede presentar alegatos y las apelaciones —revisión de la medida— son restrictivas.
En segundo lugar, amplía la legitimación activa o permite que cualquier persona que invoque un derecho o interés legítimo puede presentar la acción de desalojo. En territorios en donde los títulos siempre son oscuros, en donde la manipulación, la corrupción, y el favorecimiento para unos pocos están a la orden del día, la posibilidad de que, prácticamente, cualquier individuo pueda iniciar una causa judicial, complejiza mucho más el escenario.
Las comunidades indígenas están habituadas al hostigamiento judicial. Este proyecto de ley, que hoy tiene media sanción, facilita la persecución judicial a través del litigio, restándole mecanismos de defensa a quienes defienden sus territorios, invocando los derechos territoriales reconocidos por la legislación vigente.