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Acusados por delitos de lesa humanidad fueron absueltos en Rosario: “Es un fallo intentendible”

CAUSA VILLAZO

El Tribunal Oral Federal Nº 1 de Rosario, integrado por los jueces Germán Sutter Schneider, Ricardo Moisés Vásquez y Otmar Osvaldo Paulucci, resolvió por mayoría absolver a 17 acusados por los delitos  de lesa humanidad cometidos contra obreros metalúrgicos en 1975 como represalia de la pueblada conocida como el Villazo, que sucedió en 1974 en Villa Constitución. Se estableció el día 6 de febrero de 2026 a las 20 horas para la lectura de los fundamentos.

ANDAR en Rosario

(Agencia Andar) El Tribunal, integrado por los jueces Germán Sutter Schneider, Ricardo Moisés Vasquez y Otmar Osvaldo Paulucci, resolvió por mayoría la absolución general a los 17 acusados: el ex jefe de división personal de la acería de Villa Constitución, Roberto Pellegrini, y un ex empleado jerárquico de la fábrica, Ricardo Oscar Torralvo; los ex policías federales Roberto Álvarez, Carlos Brest, Ricardo Burguburu, Jorge Coronel, Leonardo Dec, Juan Carlos Faccendini, Roberto Giai, Aldo Gradilone, Carmen Grossoli De Hellaid, Jorge Lozano Windus, Emilio Marciniszyn, Juan de Jesús Martínez, Horacio Nardi, Roberto Squiro, Daniel Valdés y Oscar Vessichio y los integrantes de la plana mayor del Batallón de Ingenieros de Combate 101 de San Nicolás y del Área Militar 132, coronel Antonio Federico Bossié, y el teniente coronel Bernardo Luis Landa, jefes de Operaciones e Inteligencia y Logística, respectivamente; y el ex oficial de la guardia rural Los Pumas de la policía santafesina, Amadeo Chamorro.

“El fallo es inentendible, jurídicamente inentendible, y es un fallo clasista que pareciera de otros tiempos, con un tribunal que no se pone a la altura de los hechos, que no puede afirmar como ya ha afirmado el pueblo argentino que el genocidio empezó antes del 24 de marzo y que Estado argentino, a través de fuerzas clandestinas, fue responsable en esto de manera conjunta con el poder empresario que en este caso lo encarnaba Acindar”, evalúa Julia Giordano, querellante como parte del equipo jurídico de la APDH, que representó a más de 20 víctimas y familiares.

“Este proceso lleva 15 años en la justicia, la denuncia se presentó en 2010 con los primeros que tuvieron la valentía de presentar la denuncia cuando Martínez de Hoz aún estaba vivo. En 13 años hubieron juzgados que dijeron que los delitos eran de lesa humanidad, que no habían prescripto y que debían juzgarse y una Cámara de Apelaciones que también así lo entendió. Esto fue confirmado además por la Cámara de Casación, muchos tribunales nos dieron esa certeza: que los hechos que se imputaban eran delitos de lesa y que la prueba era suficiente para enjuiciar a quienes se sentaron como acusados”, amplía la abogada.

La Fiscalía a cargo de Adolfo Villatte, de la Unidad Fiscal de Lesa Humanidad del distrito Rosario había pedido penas de prisión perpetua para los dos ex directivos de Acindar; y otras de 10 a 25 años de prisión para ex policías federales y uno de la guardia rural, por 67 casos. La querella del equipo jurídico de APDH también había solicitado dos condenas a prisión perpetua para los civiles y otras de 16, 22 y 25 años de prisión para el resto de los acusados.

“Las resoluciones del poder judicial nunca escapan al clima de época pero hasta no conocer los fundamentos no podemos adelantar mucho más sobre eso. Sí podemos decir que el dolor que ha generado esto en querellantes familias y sobrevivientes es enorme. No pueden parar de preguntarse cómo después de dos años de testimonios tan coherentes, tan claros, ocurre esta sentencia. Pero siguen unidos, organizados y con la convicción de que esta injusticia no refleja lo que como pueblo ya sabemos que sucedió en Villa Constitución”, agrega.

Los hechos ventilados durante el debate oral ocurrieron entre el 20 y 26 de marzo de 1975 cuando 67 trabajadores metalúrgicos y ferroviarios de la zona industrial de Villa Constitución fueron secuestrados en un operativo conjunto de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad, la Triple A y otras organizaciones parapoliciales. El operativo contó con la complicidad empresarial de las fábricas de la región, incluso algunos de los secuestrados fueron alojados en un edificio de Acindar. Durante los hechos represivos que se juzgan en este juicio, Alfredo Martínez de Hoz era el presidente de esa fábrica.

www.andaragencia.org/17-acusados-por-delitos-de-lesa-humanidad-fueron-absueltos-en-rosario-es-un-fallo-intentendible/

Andar 04/11/25

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Derechos Humanos Nacional

REPERCUSIONES SOBRE EL JUICIO CONOCIDO COMO LA HUERTA

Torremare: “Fue un grosero error del tribunal no encuadrar los delitos padecidos por trabajadores de fábricas como crímenes de lesa humanidad”

A fines de octubre se realizó la última jornada del juicio en el que se ventilaron los crímenes de lesa humanidad cometidos en 14 centros clandestinos de detención en la zona centro de la provincia de Buenos Aires. Fueron casi cuatro años de audiencias, centenares de testimonios y 191 casos de víctimas de delitos como tormentos, secuestros ilegales y homicidios, entre otros. El abogado querellante por la APDH y miembro de la CPM, Guillermo Torremare, valoró que el veredicto haya sido leído en Tandil, tal como lo reclamaron insistentemente los organismos, sobrevivientes y familiares de víctimas. La referente de derechos humanos de Tandil, Petra Marzocca, aseguró a ANDAR que una segunda etapa en torno a esta causa será lograr que Casación revierta la gran cantidad de absoluciones otorgadas.

ANDAR en la Justicia

(Agencia) La causa que acaba de ser juzgada es el resultado de varias investigaciones penales que, con los años, se fueron acumulando en un mismo expediente con el objeto de resolver en un mismo debate los múltiples crímenes de lesa humanidad cometidos en 14 centros clandestinos de detención ubicados en Tandil, Azul, Olavarría y Las Flores.

Entre ellos, el CCD La Huerta –nombre con el que se conoció popularmente a la causa-  estaba ubicado en la ruta nacional 226, a quince minutos de la ciudad de Tandil, y operaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército dentro de la subzona 12.

Luego de 104 jornadas de producción de prueba –solo unas pocas fueron llevadas a en alguna de las ciudades mencionadas y fuera de Mar del Plata, al contrario de lo que reclamaban desde antes del juicio los organismos y sobrevivientes-, el viernes 24 de octubre se dio lectura al veredicto a instancias del Tribunal Oral Federal 1 con asiento en la ciudad balnearia y con la integración de los magistrados Nicolás Toselli, Fernando Machado Pelloni y Sabrina Namer.

Se dictaron ocho condenas, cuatro de ellas a prisión perpetua contra Héctor Martínez Salgado, Román Valdecantos, Osvaldo Héctor Repetto y Alejandro Duret, las cuales eran esperadas por las distintas querellas en el juicio. Sin embargo, lo que nadie preveía era que se otorgaran 27 absoluciones, que serán apeladas ante el Tribunal Federal de Casación.

“Ha sido un juicio muy largo, con más de tres años de debate oral y con muy pocas jornadas en las ciudades donde se cometieron los hechos: dos en Tandil y una en Azul, y el resto en Mar del Plata donde tiene asiento el TOF 1. Aun así, pudimos lograr que la lectura del veredicto se realizara en el Aula Magna de la Universidad Nacional del Centro (UNICEN) de Tandil con la presencia de sobrevivientes, familiares de víctimas, organismos de derechos humanos de la Provincia y la región”, afirmó a ANDAR el abogado de la querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Guillermo Torremare.

“En esa ciudad fue donde se cometieron la mayor cantidad de delitos y donde funcionaron la mayor parte de los 14 CCD investigados. Sobre la parte resolutiva, y aclaramos que aún tenemos que conocer los fundamentos del fallo que se darán a conocer a mediados de diciembre, creemos que evidentemente los jueces han valorado y apreciado la prueba de una forma muy distinta a la nuestra. Por ejemplo, hay un caso de una de las condenas cuya pena fue establecida en 6 años de prisión para el delito de violación de una víctima mientras ésta permanecía privada ilegalmente de su libertad. Es decir, una pena desproporcionadamente baja”, amplió.

Por su parte, Petra Marzocca -una de las referentes de la organización Memoria por la Vida en Democracia de Tandil y cuyos hermanos y cuñada fueron desaparecidos durante la última dictadura- afirmó a ANDAR que “fue mucho el trabajo de décadas en la búsqueda de pruebas con las que dar precisión y detalles a hechos que ocurrieron hace casi 50 años. Y las dificultades del paso del tiempo quedaron expresadas en el debate oral, con largas discusiones con las defensas acerca del valor de los testimonios”.

Con respecto a las 27 absoluciones dictadas por el tribunal, Marzocca evaluó: “Nunca pensamos que pudieran llegar a tantas y fue muy impactante escucharlo, sobre todo para las víctimas sobrevivientes. Nos plantea una cuestión muy compleja en cuanto a cómo la vamos a abordar ante el Tribunal de Casación. Entendemos que este juicio contó con jueces sin experiencia previa en juicios de lesa humanidad, y eso tal vez puede haber influido en su consideración de los hechos y la valoración de la prueba”.

Cabe aclarar que a cuatro de los que resultaron absueltos no se les había formulado acusación durante el juicio, por lo que la absolución para ellos estaba descontada, pero hay otros imputados –como el civil Julio Méndez, uno de los dueños del predio donde funcionó el centro clandestino de detención la Quinta de los Méndez- que también resultaron beneficiados a pesar de que todo el bloque acusador consideraba probadas las responsabilidades de cada uno.

Asimismo, 16 de los imputados originales que tenía la causa fueron, por el paso del tiempo, apartados de la investigación por problemas de salud o por fallecimiento, lo que evidencia el creciente y preocupante escenario de la impunidad biológica respecto a quienes cometieron delitos imprescriptibles en el marco del terrorismo de estado.

Una de las principales críticas que los organismos de derechos humanos y querellas realizaron al fallo tiene que ver con que los casos de víctimas de trabajadores de fábricas de la zona (Loma Negra, Avellaneda y otras) no fueron considerados en el marco del plan general del terrorismo de estado en la zona centro de la provincia de Buenos Aires sino como delitos cometidos por fuera de ese contexto, lo que implica la prescripción de la acción penal y la imposibilidad de juzgarlos hoy.

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UN APORTE INESPERADO..!

La Corte Suprema ordenó reactivar una causa por delitos económicos durante la dictadura.

POR JUAN MANUEL MANNARINO DIC 3, 2023 

La fábrica de caños de Mackentor SA pasó a manos del Grupo Macri tras los secuestros de sus directivos. Foto: gentileza Luis Paván, portal Enredacción.

El 25 de abril de 1977, en Córdoba, hubo un plan especial de secuestro. A cargo de la Brigada de Infantería, el jefe del Tercer Cuerpo de Ejército Luciano Benjamín Menéndez supervisó la cadena de mandos y se encargó de pulir los detalles. Fue algo inédito: esa noche, en varios operativos secuenciados y simultáneos, detuvieron a personal jerárquico de la empresa Mackentor S.A., tanto en sus sedes de Córdoba como de Buenos Aires.

–¿Dónde está la plata? ¿Dónde están las armas? –preguntaron los represores a José Miguel Coggiola, uno de los 19 directivos secuestrados.

–No entiendo de qué me hablan –respondió Coggiola, sorprendido.

–Ustedes financian la subversión. No te hagás el boludo– insistieron los verdugos. Minutos después, le pusieron un revólver en la nuca y vendaron sus ojos.

Jose Miguel Coggiola, al momento de ingresar a declarar, en 2014. Foto: Sergio Goya, Infojus Noticias.

Mackentor era un grupo empresario, de capitales nacionales, especialista en la construcción vial e hidráulica. Con cerca de 400 empleados, había realizado obras por casi 50 millones de dólares entre 1970 y 1975. A su vez, tenía dos empresas anexas: Horcen y Empresa del Interior. En los ’70, mientras crecía la industria nacional y la alianza obrero-estudiantil tras el Cordobazo, Mackentor representaba una concepción que lejos estaba de la ortodoxia económica. La novedad principal era que su presidente, Natalio Kejner, había decidido dividir el paquete accionario con el personal jerárquico, que obtenía participación en las ganancias. El grupo estaba en auge: había construido la Ruta Nacional 3 y en el barrio Las Flores de Córdoba tenía el as en la manga: una fábrica de tubos para conductos de alta presión, pionera en el país.